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Kiryat Hadassa: el blog de José Ramón Villanueva Herrero

LA INICIATIVA 1:12 Y LA JUSTICIA RETRIBUTIVA

LA INICIATIVA 1:12 Y LA JUSTICIA RETRIBUTIVA

 

     Frente a los repetidos empeños en reducir los salarios de los trabajadores con la coartada de así lograr una mayor competitividad económica, y cuando el documento Reflexiones sobre el mercado de trabajo: continuar la reforma elaborado por la FAES y dirigido por Miguel Marín apunta la peligrosa idea de suprimir el salario mínimo interprofesional  y el seguro de desempleo, hay que reivindicar otras alternativas que resulten más justas socialmente y más audaces desde una perspectiva fiscal.

     Este es el caso de la llamada Iniciativa 1:12 para una paga justa la cual supone un intento de acabar con los desmesurados sueldos de los altos ejecutivos, aquellos a quienes en nada ha afectado (bien al contrario), la crisis económica y que en muchas ocasiones sus salarios resultan motivo de escándalo comparados con la devastación social a la que está siendo sometida la clase media y, sobre todo, la clase trabajadora en estos últimos años.

     La idea surgió por parte de la JUSO, la rama juvenil del Partido Socialista Suizo en el año 2009 con objeto de evitar, como señalaba Cédric Wermuth, su entonces dirigente, que “ejecutivos codiciosos ganen millones  mientras otra gente no gana lo suficiente para vivir”. De este modo, la Iniciativa 1:12 proponía limitar constitucionalmente en el país helvético que una persona no pueda ganar en un mes más de lo que un trabajador de la misma empresa gana en un año, lo cual suponía un audaz intento de acabar con la desigualdad retributiva empresarial.

     La iniciativa de la JUSO, tras lograr las 100.000 firmas necesarias, fue sometida a referéndum el pasado 24 de noviembre de 2013 y, aunque fue derrotada por la presión ejercida por la Swiss Holdings, la federación de las multinacionales con sede en Suiza, entre ellas las farmacéuticas Roche o la poderosa Nestlé, que amenazaron con deslocalizar sus empresas trasladándolas a otros países. Y no es de extrañar el frontal rechazo de las mismas:  los directivos de Roche ganan 236 veces más que su empleado con el sueldo más bajo, y el de los ejecutivos de Nestlé es 188 veces superior.

     Pese a este revés, la Iniciativa 1:12 ha generado, como señala Sam Pizzigati, “un importante debate sobre la igualdad de salarios y una distribución más justa de la renta” y campañas similares se han extendido en Francia y Alemania. También ha sido apoyada por pensadores, a nivel global, sobre la igualdad, como el epidemiólogo británico Richard Wilkinson, según el cual esta iniciativa está poniendo de manifiesto que la actividad empresarial “no debe organizarse como un sistema para la concentración no democrática de la riqueza y el poder”.

   Y así las cosas, ¿qué podemos decir de España en donde los directivos bancarios, pese a su en ocasiones nefasta gestión, reciben salarios e indemnizaciones millonarias? ¿y de los políticos excedentes que, mediante el deplorable método de las “puertas giratorias” hallan retiros dorados muy bien retribuidos en poderosas corporaciones económicas o financieras?.

   Es de justicia señalar que ya en noviembre de 2013, coincidiendo con el citado referéndum suizo y haciéndose eco de su espíritu, Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) presentó una Proposición no de ley en la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados para poner límites salariales a “las clases dirigentes”. De este modo, se pretendía fijar un techo salarial para los directivos de todas las empresas privadas y administraciones públicas de 1:12, la proporción que da nombre a la Iniciativa 1:12. Esta propuesta, además de incidir en la justicia retributiva, tiene un claro componente ético puesto que resulta evidente (y flagrante) el que, como señalaba ERC, que no ha habido una “justa correlación” entre los costes sociales ocasionados por las reformas estructurales que se han puesto en marcha desde el inicio de la crisis y que tantos recortes de derechos laborales, económicos y de servicios sociales han supuesto para las clases media y trabajadora, y los crecientes beneficios logrados por los perceptores de las rentas más altas, los mismos que, en muchos casos, se han lucrado con la crisis. Baste recordar que los altos directivos de las empresas del Ibex 35 han pasado de ganar 23 veces más que sus empleados en 2007 a cobrar 25 veces por encima en 2013…y la brecha salarial sigue creciendo en la actualidad. Ello ha supuesto que, durante la actual crisis, las clases altas son cada vez más ricas en términos absolutos y relativos mientras que se ha producido un grave empobrecimiento  de la gran mayoría de la población, con consecuencias tan sonrojantes como los crecientes índices de pobreza y malnutrición infantil en España.

   Frente a una creciente desigualdad social, resulta urgente que las fuerzas progresistas y los sindicatos de clase trabajen conjuntamente impulsando ideas que, como la Iniciativa 1:12, vinculen proporcionalmente los salarios de los directivos al salario mínimo dentro de una misma empresa así frenar el riesgo de que la brecha social de la desigualdad siga aumentando. En consecuencia, resulta imprescindible reformar el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores para establecer un techo salarial máximo bruto (incluyendo el salario fijo y los posibles bonos, incentivos, complementos y cualquier forma de retribución directa o indirecta, tanto a nivel mensual como anual), vinculándolo al sueldo más bajo en relación 1:12. Dicha reforma debería de afectar a la empresa privada y también al sector público (Administración, instituciones del Estado y cualquier organización, empresa, fundación y organización que cuente con participación pública directa o indirecta).

   Esta política retributiva es un deber y una bandera que debemos defender y enarbolar todos aquellos que creemos, pese al avasallamiento al que estamos siendo sometidos por el neoliberalismo, que es posible transformar la sociedad con criterios de justicia y de solidaridad compartida.

 

José Ramón Villanueva Herrero

(publicado en: El Periódico de Aragón, 1 diciembre 2014)

 

 

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