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Kiryat Hadassa: el blog de José Ramón Villanueva Herrero

LOS PAPELES DE SALAMANCA (I).

     Mucho se ha hablado y escrito últimamente sobre la polémica suscitada en torno a la posible devolución  de los fondos conservados en el Archivo General de la Guerra Civil Española de Salamanca. Este, recordémoslo,  tuvo su origen en un expolio sistemático de fondos republicanos por parte del régimen franquista, hecho condenado expresamente  por la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención de La Haya sobre protección de bienes culturales en caso de conflicto bélico. 

     Ante las justas demandas de restitución a sus legítimos propietarios, han surgido opiniones encontradas, algunas no exentas de demagogia y oportunismo. Como advertía el historiador José Álvarez Junco, la polémica  está evidenciando una inmensa distorsión debida a la “ignorancia y superficialidad  informativa” alentada por la “irresponsabilidad y mala voluntad” de quienes se oponen a la devolución de los mismos.

     Sobre el origen de este Archivo, hay que remontarse a la creación en abril de 1937 de la Oficina de Investigación y Propaganda Anticomunista (OIPA), la cual tenía por objeto la confiscación de toda la documentación política procedente del bando republicano, tarea que sería continuada desde 1938 por la Delegación del Estado para la Recuperación de Documentación (DERD), la cual debía “recuperar, clasificar y custodiar” los fondos procedentes de “entidades y personas hostiles y desafectas al Movimiento Nacional [...] que sean susceptibles de facilitar al Estado información referente a la actuación de sus enemigos”. Esta actividad, la continuó desde 1944 la Delegación Nacional de Servicios Documentales (DNSD) que, de forma significativa, se integró en la Dirección General de Seguridad (1958).

     El volumen de documentación incautada en el territorio republicano (800 Tm., 20.000 cajas, procedentes de 17 provincias, de ellas, 145 con fondos aragoneses), tenía una finalidad exclusivamente represiva. En base a la misma, la dictadura franquista elaboró 3 millones de fichas y decenas de miles de expedientes correspondientes a personas con antecedentes políticos republicanos con los que, posteriormente, muchos antifascistas fueron juzgados y condenados. Años atrás, hasta las máquinas de escribir Underwood existentes en el Archivo de Salamanca, llevaban una etiqueta que decía:  “incautada a los rojos”: ese era el ambiente que allí se respiraba. 

     Esta finalidad represiva se mantuvo hasta que, con la transición democrática, se suprimió en 1977 la DNSD, pasándose a integrar en el Ministerio de Cultura. Dos años después, en mayo de 1979, se creó la “Sección Guerra Civil” del Archivo Histórico Nacional y, finalmente, por el RD 426/1999, de 12 de marzo, surgía el actual Archivo General de la Guerra Civil Española (AGGCE) de Salamanca.

     Tras esta recapitulación histórica, y frente a los que claman ante el riesgo de una hipotética desmembración del AGGCE, éstos parecen “olvidar” que allí no se conservan la totalidad de los fondos relativos a nuestra trágica guerra civil. Ello se debe a varias razones. En primer lugar, durante la incautación, se destruyó abundante documentación (unas 72 Tm.), al considerarla de importancia “menor” para los fines represivos que se pretendían. Otra parte, perteneciente a ciudadanos derechistas, previamente incautada por las autoridades republicanas y que se incluía en estos fondos, fue devuelta a sus legítimos propietarios. También salió  documentación de Salamanca para ser utilizada en la Causa General, así como a otros tribunales franquistas (Auditorías de Guerra, Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo, tribunales de Responsabilidades Políticas y tribunales de Depuración) o bien al “Archivo de la Guerra de Liberación” o al Servicio Histórico Militar. Por último, con la normalización democrática, los fondos republicanos de las Cortes y del Consejo del Estado fueron devueltos a sus instituciones homónimas alegando la continuidad de ambas bajo el actual sistema democrático monárquico. Esta  misma razón, la continuidad institucional, es la que alega la Generalitat de Cataluña para demandar, con todo fundamento jurídico y moral, sus fondos incautados una vez que se restableció el autogobierno catalán  por el RD Ley de 29 septiembre de 1977.

     Además de los fondos republicanos incautados, durante muchos años la DNSD generó su propia documentación. El conjunto de ambas  confiere al AGGCE una gran importancia, según destaca la Comisión de Expertos creada para asesorar al Gobierno en este tema, las convierte en “un ejemplo único de lo que fue la represión franquista y constituye un referente insustituible en la configuración de la memoria histórica de los españoles”.

     Siendo conscientes de esta realidad, en un próximo artículo reflexionaremos sobre el futuro del AGGCE, teniendo siempre presentes las justas demandas de restitución planteadas por algunos de sus legítimos propietarios. 

José Ramón Villanueva Herrero 

(Diario de Teruel, 2 junio 2005)

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