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Kiryat Hadassa: el blog de José Ramón Villanueva Herrero

LA DECISIÓN DE GARZÓN

        

Mucho se está hablando estos días del Auto del juez Baltasar Garzón del pasado 28 de agosto para elaborar un censo de las víctimas del franquismo, de los republicanos desaparecidos desde el golpe militar del 18 de julio de 1936 hasta el final de la dictadura. Ante esta decisión valiente de Garzón, auténtico agitador de conciencias cívicas, permanente defensor de la causa de los derechos humanos, ha bramado de nuevo con su habitual saña la derecha política, sociológica y mediática con sus manidos argumentos de siempre, lo cual ha obligado a Garzón a pedir amparo al Consejo General del Poder Judicial en demanda de “protección y defensa de la independencia judicial”.

En un brillante artículo de Manuel Rivas titulado “Garzón, Antígona y la memoria histórica” (El País, 7 agosto 2008), aludía a esa “amnesia retrógrada” que caracteriza a la derecha española, cuyos síntomas son su beligerancia contra el proceso de recuperación de la memoria histórica, su oposición a la exhumación de las víctimas de la represión franquista, así como su desinterés hacia el exilio republicano y su absoluta indiferencia a honrar a los luchadores de la resistencia contra la dictadura o a los muertos españoles en los campos de exterminio nazis. Por ello, si la derecha española desea de caminar realmente hacia el centro político, entre otras cosas, debería de dar un paso moral en apoyo de la dignificación de la memoria de las víctimas de la guerra civil y de la dictadura, un paso que todavía no ha tenido la valentía de dar…y que todos esperamos.

        Frente a esta “amnesia retrógrada” de la derecha española, con excesivos lastres de un pasado en su bagaje político, se opone la decisión de Garzón y su Auto judicial en el cual solicita información sobre la “desaparición de personas a partir del 17 de julio de 1936 y que continúan hasta el día de hoy” con objeto de elaborar el referido censo de víctimas del franquismo a diversos organismos y entidades tales como el Archivo General de la Administración, la Abadía Benedictina de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, la Delegación del Patrimonio Nacional en San Lorenzo del Escorial, a los alcaldes de Granada, Córdoba, Sevilla y Madrid, así como al Rector de la Universidad de Granada, a los cuales se les solicita el nombre de las personas allí enterradas, las “circunstancias y hechos que concurrieron en estos enterramientos masivos”, la fecha de los mismos, así como si las muertes constan anotadas en algún registro público. Igualmente, Garzón recaba documentación al Centro Documental de la Memoria Histórica, al Ministerio de Defensa, a la Dirección General de los Registros y del Notariado y a la Conferencia Episcopal Española, “para que comunique a todas y cada una de las parroquias de España que deberán permitir el acceso a la Policía Judicial”, así como a las personas responsables de las exhumaciones de víctimas de desapariciones forzadas “a fin de que dichas exhumaciones puedan ser controladas por este Juzgado". Este Auto del juez Garzón supone, sin duda, un paso tan valiente como importante en relación con la forma futura de afrontar esta triste página de nuestra historia colectiva.

Resulta innegable que esta decisión, repito que valiente, del juez Garzón, se hace eco de las demandas presentadas por la Associació per a la Recuperació de la Memòria Històrica de Catalunya, la Asociación “Fòrum per la Memòria del País Valencià”, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Aragón, la Comisión pola Memoria Histórica do 36 de Ponteareas y la Confederación General del Trabajo (CGT) que, ante las carencias y limitaciones de la Ley de la Memoria Histórica, han puesto su confianza en que la justicia les ofrezca, no tanto una depuración de responsabilidades por estos crímenes, que es prácticamente imposible, sino que, se conozca de forma transparente esta tragedia fraticida y, al menos, poder tener el elemental derecho de enterrar dignamente a sus muertos, muchos de ellos yacentes, todavía, en multitud de fosas comunes.

La decisión de Garzón, que tanto ha indignado a la derecha, se halla no obstante amparada por la nueva doctrina jurídica del Tribunal Penal Internacional que permite investigar, perseguir y condenar los crímenes contra la humanidad y, no lo olvidemos, los cometidos por el franquismo insurrecto durante la guerra civil y la posterior dictadura, tienen esta consideración jurídica, pese a que la amnistía de 1977 diese cobertura legal a “todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado”.

 Por ello, una mayor conciencia de la necesidad de ejercer la justicia universal, esto es, la legislación penal internacional (que España asumió en 1985), resulta de capital importancia para evitar la comisión de estos crímenes, los cuales son, por ley, imprescriptibles. Sonados fueron los procesos que, desde esta perspectiva legal, se incoaron contra el dictador chileno Pinochet, impulsado también por el juez Garzón, o los que han juzgado los recientes genocidios cometidos en Rwanda o en la antigua Yugoslavia, sin olvidar los procesos abiertos contra Marruecos por la represión del pueblo saharaui o contra el intocable régimen chino por su absoluto desprecio por los derechos humanos, tal y como se ha puesto de manifiesto en el Tíbet, un país que próximamente cumplirá el triste aniversario de llevar 60 años de ocupación por la dictadura china.

Independientemente del resultado final de estos procesos judiciales, como el que acaba de iniciar el juez Garzón, el sólo hecho de incoarse, ya supone ya una auténtica lección moral, una actitud ejemplarizante por parte de una justicia, valiente y comprometida. Este despertar de la conciencia cívica pretende defender, con profunda convicción, los valores y la dignidad humana, y por ello, combatir frontalmente delitos tan abyectos e imprescriptibles, siempre imprescriptibles, como lo son los crímenes de guerra, de lesa humanidad o el genocidio, se cometan donde se comentan... también en España. Ciertamente, la decisión de Garzón es toda una llamada de atención a las Administraciones Públicas y a la Iglesia ante una cuestión dolorosa, pero de absoluta justicia.

En un mundo globalizado, la justicia y la legislación penal no pueden quedar limitadas por las fronteras, deben ser universales, como lo son el conjunto de valores que conforman toda  sociedad libre y democrática que se precie. Y, como ejemplo, ahí está el caso, también reciente, de la querella presentada en la Audiencia Nacional por parte de varios supervivientes republicanos españoles para procesar a cuatro criminales nazis al amparo de la legislación internacional en materia de derechos humanos, genocidio y crímenes contra la humanidad, tema éste al que nos referiremos en un nuevo artículo.

 

(La Comarca, 9 septiembre 2008)

 

 

 

 

 

 

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