SEGURIDAD HUMANA
En un mundo cada vez más globalizado, sometido a tensiones multipolares, a crisis de modelos sociales y políticos, obsesionado por amenazas reales o imaginarias, desde el terrorismo al riesgo de colapso medioambiental, se ha ido abriendo paso una tan importante como creciente preocupación por el concepto de “seguridad humana”. Este nuevo valor a reivindicar apareció como consecuencia de las transformaciones que se produjeron en el ámbito de la llamada “seguridad global” durante la última década del pasado siglo: fue en concreto el economista paquistaní Mahbub Ul Haq uno de los responsables de que el nuevo concepto de “seguridad humana” lograra relevancia internacional como consecuencia de su aparición en el Informe sobre el Desarrollo Humano de 1994 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). El citado Informe es un rotundo alegato y compromiso a favor del Desarrollo Humano Sostenible ya que, de entrada, afirma que: “ninguna Nación del planeta podrá alcanzar ninguno de sus objetivos principales: ni la paz, ni la convivencia democrática, ni la protección del medio ambiente, ni la vigencia de los derechos humanos, ni la reducción de las tasas de fecundidad, ni la integración social, si no es en un marco de desarrollo humano sostenible que priorice la seguridad de todos los habitantes del planeta”. En consecuencia, todos estos objetivos esenciales quedaban supeditados a la elaboración de un nuevo sistema de organización social mundial que priorice el desarrollo de las personas, esto es, la seguridad humana, pues “el verdadero fundamento del desarrollo humano es el reconocimiento de las reivindicaciones vitales de todos”.
En consecuencia, la idea esencial es pasar de priorizar la seguridad de los Estados, la “seguridad nacional”, a la seguridad de las personas, a la “seguridad humana” y, de este modo, esta aspiración “equipara la seguridad con las personas en lugar de con los territorios, con el desarrollo en lugar de con la potencia militar” y, por ello, la seguridad humana ya no es un concepto defensivo, como le ocurre a la seguridad territorial o militar, sino que es un valor integrador, que reconoce con carácter universal la prioridad de las personas, de sus valores, dignidad y derechos que le son implícitos. Por ello resulta una necesidad ética realizar la transición del viejo concepto de seguridad nacional al más amplio de seguridad humana, el cual según recoge el Informe de Desarrollo Humano de 1994 tiene cuatro características: es una preocupación universal, independientemente del grado de desarrollo de cada país; los componentes que la condicionan son interdependientes, pues superan las fronteras nacionales, como es el caso del tráfico de drogas, el terrorismo, los desastres medioambientales o la inmigración; es más eficaz para la seguridad humana la acción preventiva temprana que la intervención posterior ante un desastre y, por último, la seguridad humana, a diferencia del concepto tradicional de seguridad, se centra en la persona y por eso incluye condiciones de vida y la protección de las oportunidades de la persona para elegir libremente sus condiciones de desarrollo.
Es por todo ello que el PNUD de 1994 citado anteriormente acordó la creación de un Fondo Mundial de Seguridad Humana con el que hacer frente a las variables que afectan a nivel global a la seguridad humana tales como las consecuencias del hambre, las epidemias, los desastres ambientales, la violencia étnica o religiosa, las corrientes de refugiados, el tráfico de drogas, el terrorismo internacional o la proliferación nuclear. Y, por todo ello, la seguridad humana es una parte del desarrollo humano pues, como señalaba Kofi Annan, “no tendremos desarrollo sin seguridad, no tendremos seguridad sin desarrollo y no tendremos ni seguridad ni desarrollo sin no se respetan los derechos humanos”. Es natural, pues, que para el PNUD (1994) resulte fundamental que el concepto de seguridad evolucione de manera urgente en dos sentidos: pasar de la visión exclusiva de la seguridad territorial al de seguridad de la población y, también, pasar de la seguridad mediante armamentos, a la seguridad mediante el desarrollo humano sostenible, entendiendo por tal el derecho humano inalienable en virtud del cual todas las personas y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político, en el que puedan realizar plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar del mismo. Sólo así se podrán garantizar plenamente todos los elementos que conforman la seguridad humanas, cual son: la seguridad económica, demandando la implantación de ingresos básicos; la seguridad alimentaria, para hacer accesible la disponibilidad de alimentos y recursos a los que toda la población pueda acceder; la seguridad en salud, mediante una cobertura adecuada del sistema sanitario; la seguridad medioambiental, garantizando el equilibrio ecológico y el desarrollo sostenible; la seguridad personal, esto es, la ausencia de violencia física o la seguridad política, que respete los derechos fundamentales y las garantías democráticas.
De todos modos, la seguridad humana es, todavía, según Karlos Armiño, un concepto impreciso, dado que todavía está madurando y en evolución por lo que existen distintos enfoques que la delimitan: así, mientras la escuela japonesa tiene un “enfoque amplio de la seguridad”, concebida como libertad respecto a la miseria, la escuela canadiense, que tiene un “enfoque más restringido”, la entiende como libertad para vivir sin miedo. No obstante, en el panorama actual, la seguridad humana no ha conseguido desplazar, aún, a la seguridad del Estado ya que, lamentablemente, los temas relacionados con desarrollo humano no están al mismo nivel ni se consideran tan prioritarios como los que afectan a la clásico concepto de seguridad nacional.
José Ramón Villanueva Herrero
(publicado en: El Periódico de Aragón, 14 febrero 2020)
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