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LA INICIATIVA 1:12 Y LA JUSTICIA RETRIBUTIVA

Frente a los repetidos empeños en reducir los salarios de los trabajadores con la coartada de así lograr una mayor competitividad económica, y cuando el documento Reflexiones sobre el mercado de trabajo: continuar la reforma elaborado por la FAES y dirigido por Miguel Marín apunta la peligrosa idea de suprimir el salario mínimo interprofesional y el seguro de desempleo, hay que reivindicar otras alternativas que resulten más justas socialmente y más audaces desde una perspectiva fiscal.
Este es el caso de la llamada Iniciativa 1:12 para una paga justa la cual supone un intento de acabar con los desmesurados sueldos de los altos ejecutivos, aquellos a quienes en nada ha afectado (bien al contrario), la crisis económica y que en muchas ocasiones sus salarios resultan motivo de escándalo comparados con la devastación social a la que está siendo sometida la clase media y, sobre todo, la clase trabajadora en estos últimos años.
La idea surgió por parte de la JUSO, la rama juvenil del Partido Socialista Suizo en el año 2009 con objeto de evitar, como señalaba Cédric Wermuth, su entonces dirigente, que “ejecutivos codiciosos ganen millones mientras otra gente no gana lo suficiente para vivir”. De este modo, la Iniciativa 1:12 proponía limitar constitucionalmente en el país helvético que una persona no pueda ganar en un mes más de lo que un trabajador de la misma empresa gana en un año, lo cual suponía un audaz intento de acabar con la desigualdad retributiva empresarial.
La iniciativa de la JUSO, tras lograr las 100.000 firmas necesarias, fue sometida a referéndum el pasado 24 de noviembre de 2013 y, aunque fue derrotada por la presión ejercida por la Swiss Holdings, la federación de las multinacionales con sede en Suiza, entre ellas las farmacéuticas Roche o la poderosa Nestlé, que amenazaron con deslocalizar sus empresas trasladándolas a otros países. Y no es de extrañar el frontal rechazo de las mismas: los directivos de Roche ganan 236 veces más que su empleado con el sueldo más bajo, y el de los ejecutivos de Nestlé es 188 veces superior.
Pese a este revés, la Iniciativa 1:12 ha generado, como señala Sam Pizzigati, “un importante debate sobre la igualdad de salarios y una distribución más justa de la renta” y campañas similares se han extendido en Francia y Alemania. También ha sido apoyada por pensadores, a nivel global, sobre la igualdad, como el epidemiólogo británico Richard Wilkinson, según el cual esta iniciativa está poniendo de manifiesto que la actividad empresarial “no debe organizarse como un sistema para la concentración no democrática de la riqueza y el poder”.
Y así las cosas, ¿qué podemos decir de España en donde los directivos bancarios, pese a su en ocasiones nefasta gestión, reciben salarios e indemnizaciones millonarias? ¿y de los políticos excedentes que, mediante el deplorable método de las “puertas giratorias” hallan retiros dorados muy bien retribuidos en poderosas corporaciones económicas o financieras?.
Es de justicia señalar que ya en noviembre de 2013, coincidiendo con el citado referéndum suizo y haciéndose eco de su espíritu, Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) presentó una Proposición no de ley en la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados para poner límites salariales a “las clases dirigentes”. De este modo, se pretendía fijar un techo salarial para los directivos de todas las empresas privadas y administraciones públicas de 1:12, la proporción que da nombre a la Iniciativa 1:12. Esta propuesta, además de incidir en la justicia retributiva, tiene un claro componente ético puesto que resulta evidente (y flagrante) el que, como señalaba ERC, que no ha habido una “justa correlación” entre los costes sociales ocasionados por las reformas estructurales que se han puesto en marcha desde el inicio de la crisis y que tantos recortes de derechos laborales, económicos y de servicios sociales han supuesto para las clases media y trabajadora, y los crecientes beneficios logrados por los perceptores de las rentas más altas, los mismos que, en muchos casos, se han lucrado con la crisis. Baste recordar que los altos directivos de las empresas del Ibex 35 han pasado de ganar 23 veces más que sus empleados en 2007 a cobrar 25 veces por encima en 2013…y la brecha salarial sigue creciendo en la actualidad. Ello ha supuesto que, durante la actual crisis, las clases altas son cada vez más ricas en términos absolutos y relativos mientras que se ha producido un grave empobrecimiento de la gran mayoría de la población, con consecuencias tan sonrojantes como los crecientes índices de pobreza y malnutrición infantil en España.
Frente a una creciente desigualdad social, resulta urgente que las fuerzas progresistas y los sindicatos de clase trabajen conjuntamente impulsando ideas que, como la Iniciativa 1:12, vinculen proporcionalmente los salarios de los directivos al salario mínimo dentro de una misma empresa así frenar el riesgo de que la brecha social de la desigualdad siga aumentando. En consecuencia, resulta imprescindible reformar el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores para establecer un techo salarial máximo bruto (incluyendo el salario fijo y los posibles bonos, incentivos, complementos y cualquier forma de retribución directa o indirecta, tanto a nivel mensual como anual), vinculándolo al sueldo más bajo en relación 1:12. Dicha reforma debería de afectar a la empresa privada y también al sector público (Administración, instituciones del Estado y cualquier organización, empresa, fundación y organización que cuente con participación pública directa o indirecta).
Esta política retributiva es un deber y una bandera que debemos defender y enarbolar todos aquellos que creemos, pese al avasallamiento al que estamos siendo sometidos por el neoliberalismo, que es posible transformar la sociedad con criterios de justicia y de solidaridad compartida.
José Ramón Villanueva Herrero
(publicado en: El Periódico de Aragón, 1 diciembre 2014)
UN HÉROE ARAGONÉS EN GRECIA

En estos últimos años, diversas investigaciones han rescatado la meritoria labor llevada a cabo por algunos diplomáticos españoles a favor de la población judía durante la Shoáh, el Holocausto nazi, entre ellos, los aragoneses Ángel Sanz Briz y Sebastián de Romero Radigales. Pero, mientras que es bien conocida la actuación del zaragozano Sanz Briz a favor de los judíos húngaros en Budapest, no lo es tanto la de Romero Radigales, natural de la localidad oscense de Graus y que tuvo también un importante papel humanitario a favor de los judíos sefardíes en Grecia durante la II Guerra Mundial, tema éste estudiado por la historiadora Matilde Morcillo.
Sebastián Romero Radigales (1884-1970) procedía de una familia conservadora originaria de Barbastro con amplia vocación política: su padre fue senador vitalicio durante la Restauración y su hermano José fue diputado por Huesca en varias ocasiones durante el reinado de Alfonso XIII y llegó, más tarde a ser ministro con la CEDA durante la II República. Pero Sebastián no encaminó sus pasos hacia la política sino por la diplomacia: su primer destino fue el de cónsul en Bulgaria (1925) y, posteriormente, en Moldavia (1927), San Francisco (1929-1933) y Chicago (1934). Pero el lugar que marcaría su vida sería Grecia: primero, como agente del Gobierno franquista (1937-1939) durante la guerra civil y, desde 1943, como Cónsul General de España, en plena ocupación nazi del país heleno.
Romero Radigales fue un diplomático afín al régimen franquista (al igual que Sanz Briz) pero ambos tuvieron en común su ayuda y solidaridad para con el pueblo judío víctima del Holocausto lo cual les impulsó a actuar de forma valiente y decidida a favor de éstos enfrentándose no sólo a las autoridades alemana, sino también con sus superiores en el Ministerio de Asuntos Exteriores franquista, por entonces fiel seguidor de la estela político-militar de las potencias fascistas. Como señalaba Eduardo Martín de Pozuelo, la noble actitud de Romero Radigales era consecuencia de la “naturalidad de quien cumple con su deber y está impregnado de una profunda humanidad y fe”.
En medio de la tragedia de la II Guerra Mundial, Romero Radigales se empeñó, a título personal y sin ningún apoyo del Gobierno de Franco al que representaba, en salvar a los judíos sefarditas de Atenas y Salónica de ascendencia española. Constantes fueron sus enfrentamientos con el embajador alemán en Atenas el cual se quejaba ante su ministerio de la “resistencia” del diplomático español y pedía a Berlín que “presionase” a las autoridades franquistas “para que instruyeran a Romero” y así “frenar sus interferencias” en la cuestión judía. Pero las “interferencias” del cónsul oscense, a pesar de múltiples dificultades dieron sus resultados y así, pudo liberar a casi 800 judíos que hubieran acabado sus días en los campos de exterminio nazis.
Un lugar latía de forma especial en el corazón de Romero Radigales: la ciudad de Salónica, importante símbolo del judaísmo sefardí de la Diáspora y que en aquellas fechas, como señala Isaac Revah, uno de los judíos salvados por nuestro cónsul, era, “en la práctica una ciudad española” habida cuenta de la importante presencia de la comunidad sefardí, una Salónica en la cual era destacable la presencia de los descendientes de los judíos aragoneses expulsados en 1492, el conocido como “Cal Aragón”, como nos recuerdan las investigaciones de Adela Rubio y Santiago Blasco. Pero todo cambió tras la ocupación nazi de Salónica (9 abril 1941) supuso el asesinato del 95 % de su población judía ya que, entre marzo-junio de 1943, unos 48.000 judíos salonicenses fueron deportados al campo de exterminio de Auschwitz-Birkenau.
Fue por estas fechas, cuando Romero Radigales, recién nombrado Cónsul en Atenas (abril 1943), pasó a la acción: trasladó a 150 sefardíes de Salónica a Atenas desde donde más tarde pudieron ser enviados a la entonces Palestina británica, además de otros 235 que pudo mantener con vida en hasta el final de la guerra en la capital helena. También logró la repatriación de 365 judíos sefardíes retenidos en el campo de Bergen-Belsen y que, después de múltiples penalidades, llegaron a España en febrero de 1944 con visados de tránsito, que no de residencia, puesto que el régimen franquista no los admitía, para más tarde hallar refugio en el Protectorado de Marruecos y en América. A la vez, organizó el depósito de los bienes de todos los repatriados para evitar que se apoderasen de ellos los nazis y que, una vez acabada la guerra, se encargó de devolverlos a sus propietarios o herederos.
La actitud pronazi del régimen franquista permitió el exterminio de la otrora floreciente comunidad judía de Salónica, la ciudad más “judeoespañola” del Mediterráneo oriental, cuya responsabilidad debería de martillear la conciencia de todos aquellos que cometieron y consintieron esos crímenes. Ahí están, a modo de denuncia, las cartas secretas cruzadas del ministro de Asuntos Exteriores Gómez Jordana y del embajador franquista en Berlín (Ginés Vidal) desoyendo y criticando las desesperadas súplicas de Romero Radigales para que España evacuara a los judíos perseguidos.
Al final la historia hizo justicia: denostó al franquismo por sus crímenes y por su connivencia con el fascismo internacional y, por el contrario, reconoció la noble labor llevada a cabo por Romero Radigales. Es por ello que el pueblo judío honra su memoria y el pasado 30 de septiembre, tuvo lugar en Jerusalén la ceremonia de proclamación póstuma del cónsul oscense como Justo entre la Naciones, distinción que Israel concede a aquellas personas que, no siendo de confesión o ascendencia judía, ayudaron al los judíos durante la Shoáh. Si Israel honra a Romero Radigales, también debería de hacerlo su Aragón natal pues su historia merece ser conocida y recordada como ejemplo para futuras generaciones.
José Ramón Villanueva Herrero
(publicado en: El Periódico de Aragón, 15 diciembre 2014)
ABRIR CUBA, CERRAR GUANTÁNAMO

Cuando el pasado 17 de diciembre Barack Obama y Raúl Castro decidían normalizar las relaciones diplomáticas entre Estados Unidos y Cuba, todos éramos conscientes que ello suponía un hito histórico que ponía fin a una situación anacrónica, al último vestigio de la Guerra Fría en América Latina.
Desde que en octubre de 1960 el presidente Eisenhower decretó el embargo comercial, económico y financiero, el “bloqueo”, sobre la Cuba revolucionaria castrista, seguido de la posterior ruptura de relaciones diplomáticas entre ambos países en enero de 1961, el conflicto se enquistó durante más de medio siglo y, ahora, en el tramo final del mandato de Obama, y gracias a la mediación de Canadá y el Papa Francisco, el dirigente norteamericano ha tenido el coraje político de normalizar una situación que debió de resolverse mucho tiempo antes y que ni era justa ni beneficiosa para nadie: fracasada la doctrina Helms-Burton de dureza contra la Cuba socialista, una vez más quedaba demostrado que los problemas diplomáticos enquistados sólo se resuelven por la vía del diálogo y con la voluntad sincera de llegar a acuerdos. De este modo se reparaba una injusticia histórica pues Estados Unidos, autoproclamado adalid de la democracia mundial, a diferencia de lo ocurrido con la Cuba revolucionaria, nunca sometió a bloqueo, en aras a la supuesta defensa de los valores democráticos que enarbola en su política exterior, a ninguna de las dictaduras militares de derechas que ha tenido como aliadas y amigas en el continente americano. Como señalaba Toni Travería, “Obama ha cumplido las expectativas con sabia discreción y audacia”.
Obama, quien prematuramente se le concedió el Premio Nobel de la Paz en 2009, tras ésta decisión histórica, y si de anacronismos históricos se trata, le queda otro importante asunto por resolver cual es la cuestión de la base norteamericana de Guantánamo en territorio usurpado a Cuba. Por ello, antes de que finalice su mandato debería cumplir su promesa de cerrar el siniestro Camp Delta, el campo de detención de prisioneros islamistas que existe en dichas instalaciones militares, dado que esta base naval representa, tanto en su origen como en su utilización actual, una página negra, una más, en la historia del imperialismo de los EE.UU. y una afrenta a los derechos humanos y a la legalidad penal internacional.
Sobre el origen de esta situación debemos recordar que, cuando en 1898 los patriotas cubanos con el apoyo del ejército americano pusieron fin al dominio colonial español, la isla, en vez de lograr su plena soberanía, se convirtió en un protectorado de los EE.UU., en una nueva pieza del expansionismo norteamericano en el Caribe. Por ello, en 1901, el Congreso de los EE.UU. impuso un Apéndice a la nueva Constitución de la República de Cuba, bajo la amenaza de que de no ser aceptado, la isla permanecería ocupada militarmente de forma indefinida, y ello podría ser el preludio de una posible anexión similar a la ocurrida con Puerto Rico. De este modo, la conocida como “Enmienda Platt”, en su artículo 7º, establecía la cesión de suelo cubano para el establecimiento de bases navales por parte de EE.UU., la potencia ocupante. Así, en febrero de 1903, la US Navy, recibía como “concesión perpetua”, 116 km² en la bahía de Guantánamo. A cambio, EE.UU. debía de abonar un alquiler de 2.000 $ anuales, cantidad que pagó al gobierno cubano hasta que, llegado Fidel Castro al poder en 1959, éste se negó a cobrarla para denunciar la ocupación “ilegítima” que la base de Guantánamo suponía para la soberanía de Cuba.
En la actualidad, y desde principios de 2002, Guantánamo se ha convertido en un siniestro campo de detención para prisioneros islámistas talibanes y de Al-Queda. A estos presos, EE.UU. los define como “combatientes enemigos ilegales” y, de forma arbitraria, ha decidido no aplicarles la IV Convención de Ginebra sobre el trato a prisioneros de guerra. Para ello, EE.UU. se apoya en una argucia: como nominalmente Guantánamo sigue siendo territorio cubano, EE.UU. alega que los allí detenidos se encuentran fuera de territorio federal y, por ello, carecen de los derechos que tendrían si estuvieran detenidos en los EE.UU. De este modo, en Guantánamo se incumplen de forma flagrante numerosos artículos de la citada Convención de Ginebra, entre otros los relativos a la prohibición de palizas, torturas y maltratos psicológicos (art. 13), las humillaciones sexuales (art. 14), el encarcelamiento en celdas de reducido tamaño (art. 21), el deber de ser restituidos a su país de origen una vez finalizadas las hostilidades, así como la prohibición de aplicar detenciones por tiempo indefinido a los prisioneros (art. 118). Ante semejante aberración jurídica, ante tan flagrantes violaciones de los derechos humanos, la situación ha sido denunciada en diversos informes de Amnistía Internacional, de Human Rights Watch y del Comité Internacional de la Cruz Roja y ya en febrero de 2006 la Comisión de Expertos de la ONU, en un demoledor informe, tras denunciar las graves violaciones de la legislación internacional cometidas, no dudaba en afirmar que “el Gobierno de EE.UU. deberá cerrar las instalaciones de Guantánamo sin tardanza”, máxime tras las recientes revelaciones sobre las sistemáticas torturas aplicadas por la CIA.
Todas estas circunstancias generan un profundo rechazo a la práctica de torturas con el pretexto de combatir el terrorismo internacional. Por ello, hay que exigir el cierre inmediato de Guantánamo y poner fin a esta anacrónica “concesión perpetua” devolviéndola a la República de Cuba. Ello sería un acto de justicia para lograr una normalización plena de las relaciones entre ambos países.
José Ramón Villanueva Herrero
(publicado en: El Periódico de Aragón, 28 diciembre 2014)